El supremo tiene pendiente aclarar quién recuperará el impuesto de plusvalía

(Cinco Días)

El Tribunal Supremo aclaró hace unos días el alcance de la sentencia en la que, hace algo más de un año, el Tribunal Constitucional anuló parte de los artículos que sustentan el llamado impuesto de la plusvalía municipal. Al decretar el Constitucional que este gravamen no es aplicable a las ventas de inmuebles o terrenos en los que el propietario pierda dinero, el alto tribunal tuvo que matizar que solo quedarían exentos de pagarlo los contribuyentes que puedan demostrar la ausencia de beneficios en la transacción. El Supremo, sin embargo, tiene pendiente aclarar dos aspectos fundamentales para quienes reclaman el dinero abonado a su ayuntamiento: si las devoluciones son retroactivas y si el cálculo practicado para quien logró beneficios es válido.

Expansión informa que el Supremo agiliza los recursos contra la plusvalía municipal. Comenta una sentencia que da la razón al contribuyente en la que se dice que no debe presentar recurso de reposición administrativo ante el ayuntamiento, sino directamente recurrir en los tribunales de Justicia por ser un tributo anulado por el Constitucional.